Deben fijar montos de penas

La Sala III de Casación de la Provincia ordenó recaratular los hechos en los que se condenó a expolicías y devolver actuaciones al Tribunal Oral Criminal Nº 3

La Sala III de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declaró «parcialmente procedente» los recursos interpuestos por las defensas de los expolicías del incendio en la comisaría Primera de Quilmes, en donde murieron las víctimas Elías Giménez (15), Diego Maldonado (16), Miguel Aranda (17) y Manuel Figueroa (17). En consecuencia, se ordenó devolver las actuaciones al Tribunal Oral 3 y fijar penas en virtud de cómo fueron recaratulados los hechos.
Algunos de los expolicías serán beneficiados ya que las figuras en las cuales se encuadran los hechos preven penas menores que las dadas en primera instancia por el tribunal quilmeño. En el caso del comisario Pedro Soria se ordena sentenciarlo por omisión de evitar torturas; a Basilio Vujovic en virtud de los delitos de vejaciones; a Gustavo Humberto Avila por apremios ilegales con víctimas plurales; a Fernando Carlos Pedreira por vejaciones y torturas; a Hugo Daniel D Elia por vejaciones y torturas; a Juan Carlos Guzmán por apremios ilegales; a Elizabeth Grosso por vejaciones; a Franco Góngora por vejaciones; a José Horacio Gómez por apremios ilegales; y a Gustavo Altamirano por vejaciones.
El fallo de la Sala III de Casación lleva las firmas de los magistrados Ricardo Borinsky y Victor Violini trascendió en las últimas horas. En el caso de Soria se le quitó la figura de «estrago culposo seguido de muerte»; tal lo resuelto por los jueces ahora las actuaciones se devolverán al Tribunal Oral 3 que deberá establecer montos de pena en base a las figuras consideradas por la Sala de Casación.

Primera instancia

Los jueces Alicia Anache, Armando Topalián y Alejandro Portunato habían condenado al oficial inspector Fernando Pedreira a 19 años de prisión por «apremios ilegales reiterados en concurso real con tormentos»; al entonces jefe de la seccional 1a de Quilmes, comisario Juan Pedro Soria, a 10 años por «estrago culposo seguido de muerte y omisión de evitar tormentos»; al cabo Hugo D’ Elía, a 10 años, y al agente Juan Carlos Guzmán, a 9 años, por «apremios ilegales».
Para Soria, Pedreira, D’Elía y Guzmán, los jueces establecían la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos y ordenaron su inmediata detención.
En tanto, el subcomisario Basilio Vujovich era condenado a 4 años de prisión; los oficiales inspectores Jorge Gómez y Humberto Ávila, a 3 años; los agentes Gustavo Altamirano y Franco Góngora, a 3 años y cuatro meses; y la agente Elizabeth Grosso, a 3 años y medio, todos por el delito de «apremios ilegales».
Todo sucedió la noche del 20 de octubre de 2004, cerca de las 23.30, cuando los detenidos iniciaron una quema de colchones en sus celdas de la comisaría situada en la esquina de Alem y Sarmiento, en pleno centro de Quilmes.
Según la investigación, al momento de iniciarse el conflicto había 17 adolescentes detenidos en la dependencia, siete de ellos en un calabozo y los restantes 10 en otro.

Los hechos se dieron en la seccional de Alem y Sarmiento
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