La Justicia confirmó el procesamiento de Chocobar

La Cámara del Crimen ratificó el procesamiento del efectivo policial Luis Chocobar, pero cambió la calificación al entender que hubo un exceso en el cumplimiento del deber y no en la legítima defensa.

La sala VI resolvió dejar firme la medida que dictó en enero el juez de Menores 1, Enrique Velázquez, y desechó la apelación de la defensa de Chocobar, que había pedido su sobreseimiento por legítima defensa. Los jueces Julio Lucini, Rodolfo Pociello Argerich y Mariano González Palazzo sólo hicieron lugar a revocar el embargo de 400.000 pesos en contra del efectivo, pero modificaron levemente el delito que le imputan, que ahora es «homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego, en exceso en el cumplimiento de un deber».
Sin embargo, el Código Penal establece la misma pena para este delito y el homicidio con exceso en la legítima defensa, de seis meses a cinco años de prisión, como el homicidio culposo, cometido por impericia o imprudencia. Los camaristas además sugirieron realizar una «reconstrucción del hecho con presencia de los organismos periciales pertinentes e integrantes del Cuerpo Médico Forense para que se establezcan claramente» las circunstancias en las que terminó muerto el ladrón Juan Pablo Kukoc (18).
En el fallo, los jueces dijeron que el policía no quiso matar a Kukok, que le disparó a las piernas y que posiblemente lo que ocurrió, aunque debe profundizarse la investigación, es que en ese momento, el ladrón se agachó y por eso uno de los balazos le ingresó por arriba de la cintura. En definitiva, señalaron que «no lo hizo cuando el imputado estaba detenido o en posición más favorable para que fueran letales» los disparos.

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