La medida cautelar frena provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, hasta que la Justicia Federal de Bariloche resuelva el planteo ambiental.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió de manera provisoria la derogación de la Ley de Tierras Rurales, dispuesta por el DNU 70/2023 del Gobierno nacional. La decisión responde a una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, que advirtió sobre posibles consecuencias ambientales.
La medida alcanza al artículo 154 del decreto y se mantendrá vigente hasta que el Juzgado Federal de Bariloche analice la legitimación de los demandantes y resuelva el pedido cautelar.
La mayoría del tribunal consideró necesario intervenir para garantizar una respuesta judicial oportuna y prevenir posibles daños irreparables al ambiente. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
El reclamo ambiental
La asociación y otros particulares habían presentado una acción de amparo colectivo a fines de diciembre de 2023. En su planteo, solicitaron que se declarara inconstitucional la derogación de la Ley 26.737, al considerar que podía afectar el derecho a un ambiente sano, la preservación de los recursos naturales y la biodiversidad.
La causa atravesó distintas instancias judiciales sin que se resolvieran los planteos centrales. Ante esa situación, la Corte dispuso una protección provisoria mientras continúa el proceso.
La diferencia con el caso CECIM
La decisión se conoce después de que, el 29 de septiembre de 2026, la Corte rechazara una demanda del CECIM que cuestionaba la derogación por motivos vinculados con la soberanía nacional.
En aquel expediente, el tribunal entendió que la entidad no tenía legitimación para impulsar el reclamo, pero no se pronunció sobre la constitucionalidad de la norma.
En el caso de Árbol de Pie, el planteo se centra en la protección ambiental, por lo que la Corte consideró que correspondía analizarlo de manera diferenciada.
La disidencia
Rosenkrantz sostuvo que la Corte no tenía competencia para dictar la medida cautelar y consideró que el expediente debía regresar a la Justicia Federal de Bariloche sin suspender los efectos del decreto.
La resolución de la mayoría no declara inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras, sino que establece una suspensión temporal hasta que la Justicia competente se pronuncie sobre los planteos pendientes.
