ANSeS: Reclamo de haberes atrasados

Los jubilados tienen derecho a solicitar que se les abonen sueldos que no pudieron percibir oportunamente dentro de los dos años posteriores a la fecha original. Se puede cobrar de inmediato en Banco Nación o diferido, con la metodología habitual

Todos los jubilados y pensionados tienen derecho a reclamar los haberes que no pudieron cobrar oportunamente dentro de los dos años posteriores a la fecha en la cual deberían haberlo hecho.
El mensual reclamado puede ser abonado en forma inmediata en el Banco de la Nación Argentina cercana a la delegación de la ANSES o en forma diferida junto al mensual determinado en la entidad bancaria en donde habitualmente se perciben los haberes.
Si dicho mensual corresponde al mes inmediato anterior, debe presentar en la entidad de pago el formulario de Certificación Bancaria, provisto por la ANSES.
El trámite es presencial y se realiza en cualquier delegación del organismo con turno previo, que se obtiene llamando al número gratuito 130 o desde www.anses.gob.ar.
En tal sentido, el director ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, sostuvo: «sin importar los motivos por los cuales una persona no pudo cobrar sus haberes en tiempo y forma, siempre puede reclamar que le paguen lo que les corresponde por derecho. Desde el organismo tratamos de facilitarles el trámite para que no pierdan tiempo».
Se informó además la documentación a presentar.
Del titular:
• DNI. En caso de no poseerlo, la constancia de que está en trámite.
• Formulario PS.6.5 Reclamo de Haberes Impagos de la ANSES.
Del representante:
• DNI. En caso de no poseerlo, la constancia en trámite.
• Formulario PS.6.4 Carta Poder para tramitar, o poder general otorgado por escribano, en caso de que no figure en el recibo de cobro.
• Certificado de Supervivencia con una validez de cinco días corridos, emitido por autoridad policial, judicial o consular o por el Registro Nacional de las Personas.
• De encontrarse el titular internado, el certificado debe ser otorgado por el Director, Administrador o Gerente de la institución donde se encuentre, con firma, cargo, sellos de la autoridad firmante y de la institución, solo en caso de ser repago inmediato.

La ANSES anunció que lo podrán realizar aquellos que no pudieron cobrarlo en los dos últimos años (Archivo El Sol)
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