Piden indemnizar a la abuela

La familia de la jubilada que fue atada a una cama en el Centro Médico San Martín de Ezpeleta reclamó además que los responsables sean sancionados. Una de las nietas contó que la mujer vino a la Argentina luego de sobrevivir a la guerra

La familia de la abuela de 93 años que fue encontrada atada a una cama en el Centro Médico San Martín iniciará una demanda judicial por los daños físicos y psíquicos que sufrió María Vicenta Iocco, actualmente internada en la Clínica Santa Clara.

Laura González, una de las nietas, aclaró que María Vicenta fue asistida debidamente por PAMI y contó la historia de la mujer, que actualmente lucha por su vida.

«Mi abuela tiene 93 años y está en condiciones de absoluto desamparo. Dio a luz a mi madre, siendo muy joven, en un refugio subterráneo, entre ratas, pasando hambre, en la segunda guerra mundial en Italia y contrajo tifus. Salvó su vida de milagro y conoció a mi madre a los 6 meses»:

La anciana fue internada en la San Martín el 12 de octubre, a través del PAMI. Le practicaron un hisopado que dio positivo al coronavirus.
Por protocolo, la familia pudo ver a la abuela recién el sábado 31, cuando ya se había recuperado del coronavirus y los parientes cercanos hicieron su cuarentena. Luego, se concretó el traslado a la clínica de Don Bosco.

«No es justo, no se merece pasar por este calvario, atada, mojada, aislada, sola, maltratada, sin poder expresarse. ¿Cómo deberíamos llamarle a eso? ¿Abandono de persona? ¿Tortura? ¿Abuso?», se preguntó González.

«Todos vamos a morir algún día, pero que sea con dignidad. Ella merece dignidad y estar rodeada de todos sus afectos. De su familia que tanto la quiere y está desesperada, sin saber a dónde ir, a quién recurrir. Desasosiego y desamparo se llama eso».

«Es el miembro más importante de nuestra familia, nuestro sostén, la teníamos en una cajita de cristal», aseguró.

Por eso, detalló la denuncia realizada:

-«Dado el menoscabo sufrido, conforme lo he expresado solicitaré en caso de rechazo se indemnice con el máximo valor dispuesto por el Art. 40 Bis. Ley 24.240 en el Organismo Gubernamental de Defensa al Consumidor».

-«Sanciones: dado el menoscabo sufrido, conforme lo he expresado solicitaré en caso de rechazo le sea aplicada la multa prevista en el Art. 47 inc. B), Ley 24.240 y/o cualquier otra sanción que correspondiere, en su máxima graduación, por el carácter de reincidente, la cuantía de los beneficios indebidamente obtenidos, su proyección económica, el peligro de su generalización para todos los usuarios, y la repercusión de estas infracciones atento la posición en el mercado (conf. art. 49 de la Ley 24.240) en el Organismo Gubernamental de Defensa al Consumidor. En conjunto con la denuncia según lo previsto en el artículo 4º a la Superintendencia de Servicios de Salud para que aplique las sanciones previstas por el artículo 24 de la Ley 26.682».

También pidió:

-Se le brinde inmediato traslado y asistencia total domiciliaria; cama, enfermeros, oxígeno, y visita médica.

-Sea indemnizada de acuerdo a las normas vigentes en tal sentido.

-Bonificación del pago de la cobertura médica, por 12 meses.

-Cobertura 100 % de toda la medicación derivada del abandono ante una enfermedad como lo es el COVID-19.

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