Defensoría anunció que va a la Justicia

En el marco de la causa entre la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales y el Municipio de Quilmes, la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, organismo que conduce Guido Lorenzino, solicitó ser incorporado como Amicus Curiae y presentó un dictamen técnico para que sea tenido en cuenta al momento de resolver la cuestión de fondo.
La Defensoría sostuvo que se trata de una cuestión de interés público que tiene un gran impacto en la comunidad. En ese sentido, hizo hincapié en la importancia de preservar la salubridad y consideró beneficiosa la normativa que prohíbe en el partido de Quilmes la tenencia, fabricación, comercialización, depósito, venta al público, mayorista o minorista, de todo elemento de artificio pirotécnico o de cohetería, sea éste o no de venta libre y/o fabricación autorizada.
Por otra parte, se advierte una progresiva toma de conciencia por parte de la comunidad, acerca de los peligros y efectos nocivos que conlleva el uso de la pirotecnia. “Lanzamos una campaña de concientización a nivel provincial, ya que consideramos que prohibir la pirotecnia es un cambio cultural que debe seguir avanzando”, destacó Lorenzino.

Argumentos

En consonancia, la Defensoría considera que la disminución en el uso de la pirotecnia contribuye a proteger la tranquilidad y el bienestar de las personas.
Cabe recordar que el fallo del juez en lo contencioso administrativo del Departamento Judicial de Quilmes, Hugo Jorge Guarnieri, ordenó suspender la ordenanza 9904/2004 que prohibía la pirotecnia en todo el municipio.
Entre otros elementos menciona respecto a las razones esgrimidas en la ordenanza que «la ausencia u omisión de detalles hacen aparecer en principio como endebles o arbitrarias estas argumentaciones, ello sin desmedro de la posible presencia de un abuso en el ejercicio del poder por parte de la administración», a su vez que “es de atenderse el argumento de la parte proponente en cuanto al ejercicio de las empresas fabricantes de una industria lícita, y por tanto encuadradas en el ámbito de la legalidad necesaria que permite por ello la comercialización de su producción de manera libre en todo el país”.

 

 

 

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