El Gobierno promulgó la Ley de Monotributo con beneficios

El Gobierno promulgó la ley de Monotributo que aprobó la semana pasada el Congreso y se espera que en los próximos días la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publique la reglamentación para poner en marcha el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

La norma 27.639, promulgada mediante el Decreto 480, publicado en el Boletín Oficial, complementa el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes y su objetivo principal consiste en dar «mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas».

La ley, además, elimina el aumento retroactivo y la consiguiente deuda que se generó a partir de la actualización de escalas y categorías, al recategorizar a más de cuatro millones de monotributistas.

De ese total, el 39 % (1,6 millón de contribuyentes) se encuentra en el Área Metropolitana de Buenos Aires y el resto (casi 2,5 millones) en el resto del país.

Los contribuyentes debían pagar el monotributo con nuevos valores, pero la AFIP prorrogó el vencimiento del 25 de junio al 5 de agosto. La ley estableció los incrementos que tendrán escalas y dispuso que las más bajas podrán duplicar los montos de facturación.

Los nuevos parámetros de ingresos brutos anuales para establecer las distintas categorías del monotributo, que comenzaron a correr este mes, determinan: A: hasta 370.000 pesos; B: hasta 550.000; C: hasta 770.000; D: hasta 1.060.000; E: hasta 1.400.000; F: hasta 1.750.000; G: hasta 2.100.000; H: hasta 2.600.000; I: hasta 2.910.000; J: hasta 3.335.000 y K: hasta 3.700.000.

Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación anual prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen, siempre que no superen los 5,5 millones y un patrimonio de hasta 6,5 millones de pesos.

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