El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta orientada a fomentar la inversión productiva de las MiPyMEs, aunque todavía no se encuentra operativo en su totalidad.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 242/2026 del Ministerio de Economía, donde se establecen los lineamientos generales, los beneficiarios y los alcances del esquema.
Qué es el RIMI y a quiénes alcanza
El RIMI está destinado a empresas que califiquen como MiPyMEs —hasta Mediana Empresa Tramo 2—, siempre que cuenten con el certificado vigente al momento de iniciar la inversión.
También podrán acceder entidades sin fines de lucro con actividad productiva, siempre que cumplan con los parámetros que definirá la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
El objetivo del régimen es impulsar el desarrollo económico, fortalecer las cadenas de valor, aumentar exportaciones y generar empleo.
Montos mínimos de inversión
El decreto fija pisos de inversión diferenciados según el tamaño de la empresa:
- Microempresas: desde US$150.000
- Pequeñas empresas: desde US$600.000
- Medianas tramo 1: desde US$3,5 millones
- Medianas tramo 2: desde US$9 millones
Para el cálculo, las facturas en pesos se convertirán a dólares al tipo de cambio comprador del Banco Nación.
Qué inversiones están incluidas
El régimen contempla:
- Bienes de capital (BK)
- Bienes de informática y telecomunicaciones (BIT)
- Obras nuevas o en ejecución con menos del 30% de avance al 6 de marzo
Quedan excluidos los automóviles.
Además, se prevé un esquema especial —sin monto mínimo— para inversiones en riego, mallas antigranizo y bienes semovientes en el sector agropecuario.
Beneficios fiscales
El RIMI incluye:
- Amortización acelerada
- Devolución de IVA (con tope del 50% del cupo presupuestario)
- Créditos fiscales
Estos beneficios comenzarán a aplicarse cuando las inversiones generen ganancias gravadas.
Plazos y limitaciones actuales
El plazo para ejecutar inversiones será de dos años desde la reglamentación completa, que aún depende de normas complementarias de ARCA y de áreas como Energía y Agricultura.
Según el tributarista Sebastián Domínguez, el régimen “da un paso importante”, pero todavía no puede implementarse plenamente.
Actualmente, faltan definiciones clave como:
- formularios de adhesión
- mecanismos para solicitar devolución de IVA
- criterios para acreditar avances de obra
Por eso, aunque el marco legal ya fue establecido, el RIMI aún no está listo para que las empresas se inscriban y accedan a los beneficios.
Un régimen en transición
La reglamentación representa un avance formal en la política de incentivos a la inversión, pero su impacto real dependerá de la rapidez con la que se complete la normativa pendiente y se habiliten los instrumentos operativos para las empresas.
