El proyecto convertido en ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, previsional, tarifaria, energética y sanitaria.
Los principales puntos de la Ley son los siguientes:
DIVISAS
- Se crea un impuesto a la adquisición de dólares del 30 por ciento que se aplicará tanto para su atesoramiento como para compras realizadas en el exterior con tarjeta de crédito y débito. Este impuesto regirá por cinco años y comenzará a aplicarse sobre las operaciones hechas una vez que la Ley sea sancionada.
- Se eximen del impuesto a los viajes internacionales a países limítrofes.
- Este tributo no se aplicará para los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas. Ni para proyectos de investigación.
- El Gobierno podría disminuir la alícuota del impuesto o suspender el mismo si lo considera necesario.
- La recaudación del impuesto se utilizará en un 70 por ciento para financiar los programas de la Anses, y 30 por ciento para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso.
DEUDA PÚBLICA - Se faculta al Gobierno a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.
- El Gobierno deberá informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.
TARIFAS - El Gobierno quedará facultado para iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente por el plazo de meses, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.
PYMES - Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar.
- Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas.
- También se da autorización para que el Gobierno pueda segmentar las alícuotas para pymes agropecuarias.
IMPUESTOS - Se modifica el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas.
- Se aumentan en forma progresiva el impuesto de bienes personales pero se mantienen exceptuadas a pagar el impuesto a los bienes que no superen los tres millones de pesos.
- Se aumenta la alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.
- Suben montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.
- Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo.
- Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos ya no pagarán renta financiera.
AGRO - El proyecto contempla otorgar facultades al Poder Ejecutivo para incrementar en tres puntos porcentuales los derechos de exportación a productos agrícolas con topes que no podrán superar el 33% para el poroto de soja y del 15% para los productos que no tributaban la alícuota antes del 2 de septiembre de 2018, entre los que se encuentran por ejemplo el maíz y el trigo.
- El Poder Ejecutivo deberá establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas.
- Las exportaciones en materia minera y de hidrocarburos tendrán un tope del 8%.
- La recaudación de los derechos de recaudación se distribuirán en un 67% para Anses y 3% para emprendimientos agropecuarios, y será administrado por el Ministerio de Agricultura.
JUBILACIONES - Se suspende por plazos por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria.
- Autoriza al Gobierno a poder fijar trimestralmente los incrementos que otorgará a la clase pasiva.
- Quedan fuera de la suspensión los regímenes las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, ex funcionarios nacionales y científicos ya que esos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.
SALARIOS - Autorizan a disponer aumentos por decreto.
RESERVAS - Autorizan al Tesoro a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda.