Los requisitos para iniciar la jubilación

ANSeS recuerda contar con la Certificación de Servicios para comenzar trámites

La Administración Nacional de Seguridad Social (AnSeS) informó a todos los trabajadores que, al culminar la relación laboral, deben exigir a su empleador la Certificación de Servicios y Remuneraciones, donde constan los servicios prestados y los salarios percibidos en los períodos trabajados en relación de dependencia. La documentación es necesaria para realizar el futuro trámite jubilatorio.
También cabe aclarar que el comprobante puede ser solicitado en cualquier momento y, en los casos de cese de la relación laboral, el empleador deberá entregar la certificación dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de la finalización del contrato de trabajo.

Haberes jubilatorios impagos

Todos los jubilados y pensionados tienen derecho a reclamar los haberes que no pudieron cobrar oportunamente dentro de los dos años posteriores a la fecha en la cual deberían haberlo hecho.
El trámite es presencial y se realiza en cualquier delegación del organismo con turno previo, que se obtiene llamando al número 130, gratuito desde cualquier teléfono fijo o en www.anses.gob.ar .
El mensual reclamado puede ser abonado en forma inmediata en el Banco de la Nación Argentina cercano a la delegación de ANSeS o en forma diferida junto al mensual determinado en la entidad bancaria en donde habitualmente se perciben los haberes.
Si el mensual corresponde al mes inmediato anterior, debe presentar en la entidad de pago el formulario de Certificación Bancaria, provisto por ANSeS.

 

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