El Poder Ejecutivo Nacional dispuso la derogación del régimen jurídico que regulaba la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública, vigente desde el año 2000. A partir de ahora, la actividad quedará sujeta al Código Civil y Comercial y a las normas locales que resulten aplicables, eliminando así las restricciones que hasta el momento imponía el Estado Nacional.
La norma también habilita que los puestos de diarios puedan registrarse como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), o bien asociarse con un operador autorizado, para ofrecer nuevos servicios. Entre ellos, la entrega de correspondencia, paquetería, documentación personal, tarjetas de crédito y débito, así como productos adquiridos en el comercio electrónico. De este modo, los kioscos podrán convertirse en puntos de distribución con mayor alcance y utilidad para los ciudadanos.
El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, celebró este cambio en la normativa: “El Decreto 629/25 firmado por el Presidente Javier Milei y la Ministra Sandra Pettovello, que deroga el Decreto 1025/00, básicamente hace dos cosas. Libera la venta de diarios y revistas y, por otra parte, devuelve a la competencia municipal la gestión del espacio público, que en esta dimensión había sido intervenida por el gobierno nacional. Este decreto es una restitución de competencias municipales”.
