El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal, una normativa impulsada por la gestión del presidente Javier Milei que busca modificar la relación entre el Estado y los contribuyentes, fomentar la declaración de dólares no registrados y establecer un esquema de control tributario simplificado.
Con la publicación del decreto reglamentario, el Régimen de Declaración Jurada Simplificada entra formalmente en vigencia y propone un cambio en el modelo de fiscalización, priorizando la facturación declarada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La norma introduce modificaciones en el Régimen Penal Tributario y en el Código Civil y Comercial, con el objetivo de reducir los controles patrimoniales tradicionales a cambio de un cumplimiento estricto sobre los ingresos facturados.
Los puntos principales
Uno de los ejes centrales es la creación del “Régimen simplificado de Ganancias”, destinado a contribuyentes con un tope patrimonial de hasta $10.000 millones.
Entre sus características se destacan:
- Blindaje patrimonial: quienes adhieran no estarán sujetos a fiscalizaciones sobre variaciones patrimoniales ni sobre sus niveles de consumo.
- Impuesto basado en facturación: el impuesto a las Ganancias se calculará exclusivamente sobre los ingresos facturados, sin considerar el crecimiento patrimonial o los gastos como presunción de evasión.
- Efecto liberatorio: el pago en término de la declaración propuesta por ARCA liberará al contribuyente de reclamos posteriores, salvo casos en los que se compruebe la omisión de ingresos.
Nuevos montos y plazos
La ley también actualiza los umbrales para considerar un incumplimiento como delito penal:
- Evasión simple: pasa de $1.500.000 a $100.000.000.
- Evasión agravada: de $15.000.000 a $1.000.000.000.
- Prescripción: se reduce de cinco a tres años.
Regularización de deudas
La reglamentación establece mecanismos para que los contribuyentes regularicen obligaciones pendientes sin enfrentar causas penales. Entre ellos:
- Cancelación única: ARCA no iniciará acciones penales si se abona la deuda con intereses, beneficio aplicable una sola vez.
- Pago con recargo: si aún no hubo denuncia formal, se podrá extinguir la acción penal pagando la deuda más un adicional del 50% dentro de los 30 días de la notificación.
Como contrapartida al relajamiento de controles, se incrementarán las sanciones económicas para quienes presenten sus declaraciones fuera de término.
Desde el Ejecutivo sostienen que la medida apunta a acelerar la exteriorización de activos y fortalecer las reservas en un contexto en el que el Gobierno apuesta a impulsar la inversión privada mediante un esquema tributario más flexible.
