Exención de tasa

Molina impulsa un beneficio extraordinario para los pequeños comerciantes: no abonarán la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene durante seis meses

Con la firma del intendente Martiniano Molina, el Municipio presentó un proyecto de ordenanza que prevé la exención del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, durante el segundo semestre de 2018, a los comerciantes que tributen como pequeños contribuyentes dentro del denominado Monotributo Municipal.
«Es una medida extraordinaria que representa una ayuda para los comerciantes locales. Y también es un esfuerzo que hace el Municipio, que con esta ordenanza, de ser aprobada, tendrá un impacto en su recaudación cercano al 1,4 millón de pesos menos por mes. Así, se aliviaría la carga tributaria de muchos comerciantes para que no se pierda la generación de nuevos empleos», sostuvo el intendente Molina.
La decisión del Municipio, que generará una disminución de más de un millón de pesos mensuales en los ingresos, busca alivianar la carga impositiva de los pequeños comerciantes de cara al segundo semestre.
Este beneficio alcanzará solo a aquellos comerciantes monotributistas que se encuentren al día con el pago de la Tasa al 30 de marzo de 2018.
El proyecto, que también tiene la firma del secretario de Economía local, Pablo Zawistowski, apunta entre sus considerandos que el Concejo tiene la facultad de «establecer un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales» siempre «que no resulten incompatibles con los beneficios otorgados en el orden provincial», con el fin de facilitar «promoción y apoyo a las actividades económicas locales y zonales».
La medida buscará darles un auxilio a los comerciantes que ya tributan como pequeños contribuyentes dentro del Monotributo Municipal, pero también a aquellos que se den de alta durante el semestre comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2018.
Para acceder al beneficio los comerciantes deberán presentarse en el Departamento de Tasas Comerciales de ARQUI antes del 31 de diciembre de 2018, acompañando la siguiente documentación:
-Fotocopia de DNI del titular del comercio.
-Constancia de inscripción de Monotributo actualizada.
-Libre deuda de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene al 30/3/18.
-Copia de Certificado de Habilitación Municipal y/o Libro de Actas.
Además, aquellos comerciantes que al momento de iniciar el trámite estuvieran inscriptos en AFIP en una categoría de Montributo diferente a la registrada en el Municipio, deberán recategorizarse para obtener el beneficio.
El beneficio no alcanzará a aquellos monotributistas que por el tipo de actividad que desarrollan pagan la Tasa mediante mínimos especiales.

 

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