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Desregulación en micros de larga distancia: las empresas podrán elegir cómo identificar las valijas

El Gobierno eliminó el sistema obligatorio de control de equipajes y encomiendas en el transporte de pasajeros y habilitó a las compañías a definir sus propios mecanismos de identificación, bajo fiscalización estatal.

El Gobierno nacional avanzó con una nueva medida de desregulación en el transporte de larga distancia y liberó el sistema de identificación de valijas y encomiendas en los micros. A partir de la nueva normativa, las empresas podrán elegir libremente cómo identificar el equipaje que se despacha en bodega, dejando atrás el régimen unificado que regía hasta ahora.

El cambio implica la derogación del sistema anterior, vigente desde 2026, al considerar que “resulta conveniente dejar sin efecto el régimen previo y permitir a los transportistas la libre elección de mecanismos que garanticen la trazabilidad del equipaje”. De esta manera, ya no será obligatorio el uso de un formato específico de identificación diseñado por el Estado.

La normativa se encuadra dentro de los lineamientos del Decreto 70/2023, que promueve la eliminación de regulaciones que, según el Ejecutivo, “distorsionan los precios de mercado” y limitan la libre iniciativa privada. En ese marco, el control estatal se corre del diseño del instrumento y se concentra en el resultado: que el sistema elegido sea eficaz y seguro.

Si bien se flexibiliza la forma de identificación, el Estado mantendrá la fiscalización del procedimiento. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) continuará siendo el organismo encargado de supervisar el cumplimiento de la trazabilidad y la seguridad de los mecanismos que adopten las empresas, dejando de lado la verificación de requisitos técnicos considerados obsoletos.

La medida alcanza a los servicios públicos de transporte interjurisdiccional, tráfico libre, servicios ejecutivos, turismo nacional e internacional, y entrará en vigencia dentro de 60 días. Durante ese plazo, las compañías deberán adaptar sus sistemas y comunicar oficialmente a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor qué mecanismo de identificación utilizarán, con al menos 30 días de antelación. El incumplimiento podrá derivar en sanciones.

Además, se aclaró que en los casos en los que el equipaje no pueda ser identificado o registrado bajo el sistema elegido, el pasajero perderá el derecho a cualquier tipo de compensación ante extravíos o inconvenientes, lo que introduce un cambio significativo en la relación entre usuarios y empresas.

Este nuevo esquema se suma a la reciente creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que unificó los registros de servicios urbanos, suburbanos e interjurisdiccionales bajo una misma órbita, con el objetivo de simplificar la gestión administrativa del sector.

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