Deudores en terapia intensiva

La situación de los ciudadanos y de las pequeñas empresas luego de la cuarentena por el coronavirus es analizada por el abogado Germán Mozzi, que participa de un Proyecto de Ley para otorgarle herramientas financieras a los más afectados

El abogado Germán Mozzi consideró que la extensión de la cuarentena por la pandemia de coronavirus deja a los deudores en «terapia intensiva» y, haciendo un paralelismo con la crisis sanitaria, se pregunta si en la Argentina hay «camas» suficientes para atender la demanda financiera de las pequeñas empresas.
«El pronóstico sólo puede discutirse en cuanto a la profundidad, ya que el llamado Gran Confinamiento será la peor crisis recesiva global (-3%), desde la Gran Depresión. Para nuestro país, la crisis tendrá consecuencias devastadoras, con una caída estimada del PBI en 5,2% (Banco Mundial) o 6,7% (The Economist) o incluso mayor, con enorme pérdida de puestos de trabajo (BID estimó, un 5% de puestos menos, para una recesión prolongada y tal vez la estimación sea incluso corta)», dijo el doctor Mozzi.
«Desde que el 20 de marzo pasado se pusieron en marcha las medidas de confinamiento por la emergencia sanitaria (DNU 297/20, étc.), se paralizó casi totalmente la actividad económica, salvo para unos pocos sectores exceptuados. Los números de marzo nos dan un panorama desgarrador y se espera que los de abril sean mucho peores. Este cuadro patológico, se expresa en la ruptura generalizada de la cadena de pagos, enormes pérdidas en el capital de trabajo, cierre/encarecimiento de las fuentes de financiamiento, y caída del valor de los activos (con infra-cobertura de la garantía de los acreedores)».
Para el letrado, la reactivación luego de la pandemia será larga y tortuosa para muchos sectores. «Las propias empresas estiman que tardarán alrededor de al menos cinco meses en volver a la normalidad», dijo.
Por eso, «la litigiosidad se incrementará y las diversas manifestaciones de la insolvencia se viralizarán en vastos sectores de la sociedad y economía (cesación de pagos, dificultades económicas y financieras generalizadas y sobre endeudamiento)».
«Esto afectará dramáticamente el nivel de actividad y la recuperación/ reinserción de las empresas, comercios y familias, además de exponérselas al riesgo de quiebras masivas (lo cual, inclusive, ampliaría el ciclo recesivo): hay un evidente interés público en juego, tanto económico, como social».
Si bien el Gobierno dispuso medidas de apoyo, la magnitud de la crisis lo vuelve insuficiente.
«En gran parte, entonces, la solución para el problema de los individuos y empresas en crisis estará en el derecho concursal y en la medida en que se viabilicen estos remedios. Se hace necesario que el Estado compute y declare una emergencia productiva y crediticia, respecto de los deudores concursados o concursables, adoptándose las medidas necesarias, excepcionales y transitorias que le habilita el llamado ‘poder de policía de emergencia’ (que son del Congreso, pero que también pueden ser ejercidas por el Poder Ejecutivo, vía Decretos de Necesidad y Urgencia)».
«En un contexto de emergencia, la quiebra no es ni siquiera deseable para los acreedores, porque el valor de los activos se deprime y cae el índice de recupero a niveles muchísimo más bajos que los normales, que ya son de por sí bajos», resaltó.
«Desde el punto de vista del interés general, facilitar la recuperación económica de los deudores, es un objetivo central, porque se preserva su giro, el nivel de actividad y el valor de sus activos; se mantienen fuentes de trabajo y tributación; se atenúa el impacto de la crisis en la cadena de pagos», agregó.
Además, «esta emergencia castiga especialmente a sectores actualmente desprotegidos (llamémoslos ‘pequeños deudores’), porque únicamente disponen de remedios concursales diseñados con un criterio de generalidad y para medianos o grandes deudores: nos referimos a los consumidores, personas humanas que no realizan actividad económica organizada como empresa (empleados, profesionales independientes, artesanos, etc.), los emprendedores, micro y pequeños empresarios y empresas».

El Proyecto de Ley en elaboración

Un grupo de especialistas que integra el abogado Diego Mozzi redactó un proyecto de ley, con un propósito académico pero al mismo tiempo práctico, para ponerlo a disposición de los poderes del Estado y exponerlo al debate público, sobre dos ejes:
-La declaración de emergencia en materia concursal y el dictado de medidas de poder de policía, acordes a dicha emergencia (análogas a la ley 25.563, crisis de 2002), a fin de brindar alivio y apoyo a los deudores actualmente concursados o que se concursen en el contexto de la crisis, para evitar la masificación de las quiebras, extendiendo los plazos para lograr acuerdos concursales y el cumplimiento de concordatos aprobados, previendo que los deudores puedan «re-concursarse», además de aquellas medidas de alivio y estímulo que faciliten la recuperación de estos sectores.
-La incorporación a la Ley de Concursos y Quiebras 24.522, de un régimen especial, para «pequeños deudores» (inspirado en antecedentes locales e internacionales), planteando para estos sujetos dos nuevos remedios concursales especiales, uno preventivo, y otro liquidatorio, pero sin quiebra (exclusivamente para personas humanas que encuadren en dichas clases de «sujetos»), con el propósito de facilitar el ingreso, trámite y salida/cumplimiento del deudor, con las siguientes características principales.
«Pensamos que es necesario y urgente, que el Congreso se aboque al tratamiento y sanción de una ley, que atienda debidamente esta problemática. Esperamos que así sea, porque de otro modo, el panorama de los próximos meses seguramente confirmará el peor presagio: una lluvia de quiebras que inundarán los tribunales y que no hará más que empeorar la situación, no sólo para el deudor y sus acreedores, sino que también para el conjunto de la sociedad e incluso las arcas del propio Estado», concluyeron.

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