El Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la pandemia por COVID-19, confirmó que las actividades vinculadas con la Producción, comercialización y distribución agropecuaria y de pesca; Industria de la alimentación, su cadena productiva e insumos; y la Producción, comercialización y distribución forestal están exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio por el Decreto 297/2020 del Gobierno nacional y deberán tramitar el nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación.
El trámite es personal e intransferible y este documento tendrá que ser presentado a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.