La Provincia de Buenos Aires modificó el cuadro de actividades habilitadas para municipios en sus distintas fases sanitarias que involucran especialmente la realización de espectáculos con espectadores en salas de teatro y cine.
Se continúan aplicando los protocolos vigentes, consensuados y aprobados entre todos los sectores involucrados para el cuidado tanto de los trabajadores como de los espectadores.
La habilitación para la apertura se realiza en paralelo a la implementación de la tercera edición del Fondo provincial para la Cultura y el Turismo, donde la Provincia destinará 500 millones de pesos a los establecimientos que pertenezcan a los subsectores más afectados por la pandemia, entre los que se encuentran teatros, centros culturales, museos, salas de exhibición, espacios de música, bibliotecas, archivos históricos y ferias artesanales de gestión privada, sindical, cooperativa, popular y de base comunitaria y sin ningún grado de participación estatal.
Más actividades
Las nuevas actividades culturales habilitadas en municipios en fases 2, 3, 4, y 5 son:
- Teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores con un aforo máximo al 50 % de la capacidad de la sala.
- Cines con un aforo máximo al 30 % de la capacidad de las salas.
Estas actividades se suman a las ya habilitadas en distintas fases epidemiológicas: - Producción y/o grabación de contenido para transmisión y/o reproducción a través de medios digitales y/o plataformas web (streaming), a partir de Fase 2.
- Rodaje y/o grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales, a partir de Fase 2.
- Asistencia a espacios culturales/ateliers de parte de sus artistas, a partir de Fase 2.
- Museos, con aforo del 30 % a partir de Fase 3.
- Talleres culturales, de hasta 20 personas, al aire libre a partir de Fase 3, o en espacios cerrados con amplia ventilación natural, solamente en fases 4 o 5.
- Mercados de artesanías (al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilación natural), solamente en fases 4 o 5.
- Bibliotecas, solamente en fases 4 y 5.
Restringir, pero no ampliar
Todas los municipios tienen la potestad de restringir (no así de ampliar) estas actividades, de acuerdo a la situación epidemiológica y a los criterios de orden municipal.
Asimismo y si bien estas actividades están habilitadas por el Gobierno provincial, será responsabilidad de las autoridades municipales fiscalizar y controlar el cumplimiento de protocolos y aforos vigentes.