Prueba piloto: autorizan las actividades turísticas en el AMBA

El Gobierno nacional habilitó a modo de "prueba piloto" acciones vinculadas al turismo y al servicio público de transporte Internacional, en el contexto del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por la pandemia de coronavirus. En capital, abren los gimnasios y otras actividades

Así quedó establecido en la Decisión Administrativa 1949/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.

La medida establece «la reapertura del turismo receptivo para turistas provenientes de países limítrofes que sean nacionales o extranjeros residentes en los mismos, y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)».

Además, exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas que ingresen al país «a los fines contemplados en dicha norma», indica el texto.

Por otra parte, establece que la Dirección Nacional de Migraciones «determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional».

En tanto, la decisión indica que los ministerio de Turismo y Deportes, de Transporte, de Seguridad y del Interior, y de Salud, adoptarán «en el marco de sus respectivas competencias» las «medidas que resulten necesarias a los efectos del desarrollo de la actividad autorizada».

Asimismo se establece que «los desplazamientos de las personas afectadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas».

Agrega que «los establecimientos o prestadores de servicios que reciban al turismo internacional autorizado o intervengan en la actividad autorizada deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de sus equipos de trabajo, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano».

Las personas habilitadas deberán «tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 897/20» y deberán «cumplimentar la declaración jurada prevista por la Disposición de Migraciones Nº 3025/20», puntualiza la decisión oficial.

También deberán cumplimentar «la restante normativa que establezcan las autoridades sanitaria y migratoria nacionales, quienes deberán incluir la constancia de PCR -con un máximo de 72 horas de anticipación- y de un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por Covid-19».

Más actividades en CABA

El Gobierno nacional autorizó hoy la realización de diversas actividades dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como las vinculadas a tratamientos ambulatorios de rehabilitación y gimnasios, entre otras.

A través de la Decisión Administrativa 1952/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial Oficial, se exceptúa también del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio por el coronavirus a la realización de «reuniones y actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre».

Asimismo, se habilitaron también las actividades acuáticas en natatorios públicos o privados al aire libre; museos con público; gimnasios; actividad física en establecimientos públicos y privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre; ferias de artesanías y manualistas al aire libre; y celebraciones religiosas al aire libre.

La decisión lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.

En todos los casos, se limita la cantidad de participantes, se especifica el distanciamiento que debe haber entre ellos, se dispone el cumplimiento de los protocolos establecidos y la organización de turnos y el relevamiento sanitario por áreas.

En actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre se permite una persona cada 4 metros cuadrados; en actividades acuáticas en natatorios públicos o privados exclusivamente al aire libre, debe haber una persona cada 15 metros cuadrados.

En museos deberá haber una persona cada 15 metros cuadrados; y los gimnasios tendrán una ocupación del 30 por ciento al igual que la actividad física en establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre.

Por último, para las ferias se establece que habrá una persona cada 15 metros cuadrados, con capacidad máxima de 20, y otras 20 personas adicionales si estas estuvieren al aire libre.

Habilitan actividad desarrollada por embarcaciones náuticas en todas sus modalidades

El gobierno nacional exceptuó del cumplimiento del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por coronavirus a la actividad desarrollada por embarcaciones náuticas en todas sus modalidades, con fines recreativos y a las actividades periféricas que posibilitan ese desarrollo.

Así fue establecido a través de la Decisión Administrativa 1940/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Salud, Ginés González García.

La medida establece que las actividades se desarrollarán con «sujeción al sujeción a las Recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas Individuales en contexto de la pandemia» establecidas por las autoridades y publicadas en el anexo.

Entre ellas se especifica que «se deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de las personas y que estas lleguen al lugar en el cual realizan las actividades autorizadas o a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano».

También se establece la «organización del trabajo con modalidad de turnos» así como «la desinfección de superficies y ventilación de ambientes», entre otras cuestiones.

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