Javier Milei veta la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria

La medida ha generado controversia y la oposición busca revertir el veto en el Congreso, lo que promete una intensa batalla política en los próximos días.

El presidente Javier Milei ha vetado por completo la Ley de Movilidad Jubilatoria, tal como se anunció previamente. La decisión fue oficializada este lunes a través del decreto 782/2024, publicado en el Boletín Oficial. La medida deja sin efecto la norma sancionada por el Congreso, que proponía un aumento en el haber mínimo y una nueva fórmula para calcular los ingresos de los jubilados.

En los considerandos del decreto, el Gobierno justifica el veto argumentando que la ley es «violatoria del marco jurídico vigente», ya que no contempla el impacto fiscal de la medida ni su fuente de financiamiento. Según el Ejecutivo, la aplicación de la norma implicaría un gasto adicional de aproximadamente $6.160.000.000.000 para el año 2024 y $15.430.000.000.000 para 2025, poniendo en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas del país.

Además del Presidente, el decreto lleva las firmas de varios ministros, entre ellos, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo. La decisión de vetar la ley se argumenta también en la necesidad de evitar fuentes de financiamiento extraordinarias, como el aumento de impuestos o la emisión de deuda pública.

¿Qué establecía la Ley de Movilidad Jubilatoria vetada?

La ley, que había sido sancionada por el Senado 10 días antes del veto, incluía varios puntos clave en beneficio de los jubilados:

  • Haber mínimo: No debería ser inferior al valor de una canasta básica de adulto mayor, actualmente calculada en 285 mil pesos.
  • Ajuste adicional: Un pago extra del 8% para alcanzar el 20,6% de la inflación de enero, frente al 12,5% otorgado por el gobierno aplicando la fórmula vigente.
  • Fórmula de movilidad: La actualización de las jubilaciones se ataría al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
  • Actualización semestral: Se aplicarían ajustes semestrales, con un aumento adicional en marzo del 50% de la diferencia entre la variación salarial y la inflación.
  • Cajas previsionales: Las deudas de las cajas provinciales deberían ser canceladas por la ANSES o con fondos de impuestos nacionales, preservando el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES.

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