Las distribuidoras eléctricas no podrán suspender el servicio
El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires estableció que las Distribuidoras del Servicio Eléctrico, que tiene bajo su jurisdicción, no podrán disponer de la suspensión o el corte del suministro de energía eléctrica en caso de mora o falta de pago de hasta tres (3) facturas consecutivas con vencimientos…
