En el marco de la disposición del presidente Alberto Fernández, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio para toda la población a raíz de la pandemia por COVID-19, el Ministerio de Transporte aprobó un modelo de certificado que habilita a circular a los transportistas incluidos en los servicios esenciales y que deberá ser presentado en los correspondientes controles.
Las personas afectadas a las actividades y servicios de comercio exterior, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles, GLP y producción y distribución de biocombustibles están exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular únicamente en relación con el estricto cumplimiento de estas actividades y servicios.